Crónica de una ordenanza mal hecha 2
Parte 2
Quien crea que la protección y defensa del Bienestar Animal es una cuestión eminentemente animalista, está muy equivocado. Cuando se publicó la Ordenanza Metropolitana de Bienestar Animal en el Distrito Metropolitano de Quito, el 18 de enero de 2021, quienes impulsaron esta normativa carente de criterio técnico, absolutamente sesgada y direccionada a satisfacer sus aspiraciones ególatras que los lleva a asumirse como ‘defensores de la vida’, no pensaron en la amenaza que estaban causando justamente a la vida de miles de quiteños y quiteñas.
La ordenanza señalada causa graves afectaciones a una cadena productiva que cada año moviliza más de 1.300 millones de dólares en ventas en el Distrito Metropolitano de Quito, generando alrededor de 40 mil fuentes de empleo directas e indirectas. No nos referimos solamente a personal que trabaja en granjas o plantas de producción. Hablamos también de choferes que transportan productos, de emprendedores de tiendas que expenden esos productos, de restaurantes en donde preparan esos productos, y no solo ellos: también están personal de servicios adicionales como estibadores, meseros, ayudantes de negocio, trabajadores de limpieza, vendedores, publicistas, marketeros, en fin. Miles de personas que, incluso si no fuesen consumidores de proteína animal, dependen del consumo social de esta proteína para tener un trabajo, estabilidad económica y una proyección a futuro para ellos y sus familias.
En el diseño de la ordenanza no solo se marginó a un importante sector productivo, sino también a un segmento de especialistas en bienestar animal y zootecnia, cuando el contenido más delicado de ese cuerpo legal se refiere a los animales de consumo. Es por ello que ahora surgen los riesgos de impactos negativos para el Distrito Metropolitano de Quito en cuanto a su infraestructura productiva y de generación de empleo, sin contar además con la seria amenaza al bienestar económico y nutricional de las familias que habitan esta ciudad y que podrían verse de un momento a otro en la incapacidad de consumir proteína animal, ante una escalada de precios causada por el extremismo en el establecimiento de medidas que son imposibles de aplicar en la producción sin causar un encarecimiento dramático de los alimentos de origen animal.
La Corte Constitucional, que es el órgano de máxima instancia en el Ecuador en cuanto a temas de juridicidad constitucional, reconoció en uno de sus dictámenes que los seres humanos tienen la necesidad de alimentarse y para el efecto necesitan proteína animal, por lo que el aprovechamiento de los recursos naturales para satisfacer necesidades alimenticias es legítimo. Eso sí, siguiendo la normativa rigurosa que ya se aplica en el país y que es observada no solo por la entidad reguladora que es Agrocalidad, sino también por organismos internacionales que vigilan esos procesos en todo el mundo para resguardar la calidad de los productos que se comercializan entre países, así como los procesos que respeten la dignidad y bienestar animal.
Por estas y muchas otras razones más, la Ordenanza Metropolitana de Bienestar Animal que se aprobó en el Distrito Metropolitano de Quito debe ser reformada o reemplazada por otra que tenga una visión mucho más amplia, que contemple también la variable del bienestar humano y social, la libertad del derecho que tiene el consumidor a elegir de forma libre, y el derecho que tenemos todos los ciudadanos para construir una nueva normativa que no tenga sesgos ideológicos ni obedezca a subjetividades que un pequeño segmento extremista pretende imponer a las grandes mayorías.